Dura sanción contra Inti Gas

Carta 046-DOD / CJ / ADFP –2014
San Isidro, 15 de Agosto de 2014
Señores
CLUB  INGTI  GAS  DEPORTES /UNIVERSIDAD SAN  MARTIN  DE  PORRES
Presente.-
Dmi consideración
Por medio de la presente, transcribo a usted, la Resolución  No. 045-CJ/ADFP-2014, emitida  por la Comisión de Justicia de la ADFP en la  sesión de  fecha  1 4 de Agosto del
2014.

RESOLUCION Nº 045 -CJ-ADFP-2014.
San Isidro, 14 de  Agosto del año Dos mil catorce.-


Vistos; el informe No. 2014-0001 presentado por el Sr. José Maldonado Calvo Pérez, Comisario del partido jugado entre Inti Gas vs. Universidad San Martin, por la Décima Segunda fecha del Campeonato Descentralizado 2014, en el estadio Ciudad de Cumaná, así como el video difundido por Perú línea.pe; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme se desprende del informe emitido por el Comisario Sr. José Maldonado Calvo Pérez, durante el desarrollo del partido entre Inti Gas vs. Universidad San Martín, se produjeron actos por el público asistente como el lanzar objetos contundentes al campo de juego tales como corta uñas, botellas de gaseosa, butaca de plástico. Asimismo a la salida del estadio la turba se dirigió al bus del equipo San Martín para apedrearlo, lo que hizo que la delegación del Club San Martin recién pueda salir del estadio luego de dos horas de terminado el partido. SEGUNDO: Que, el público asistente al estadio también intentó agredir a la cuarteta arbitral obligando que esta  sea traslada del estadio a su hotel en una dotación policial móvil. TERCERO: Que, se desprende también del informe del Comisario  del  partido  que  cuando  eequipo  San  Martin  empató  epartido,  los espectadores empezaron a vociferar e insultar con manifestaciones de discriminación contra el técnico Uribe. CUARTO: Que, los artículos 71, 72 y 73 del Reglamento Único de Justicia  de la FPF establece la responsabilidad de los clubes respecto a la organización de los partidos, a la conducta de los espectadores y otras obligaciones. QUINTO: Que, el club Inti Gas, como organizador del partido disputado con el Club Universidad San Martín, (i)debió tomar todas aquellas medidas de seguridad que exijan las circunstancias antes,
 durante y después del partido, así como en  que se produjeran incidentes imprevisibles; (ii) es responsable de la conducta impropia de los espectadores, considerándose como conducta impropia los actos de violencia contra personas o cosas, el empleo de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos, el despliegue de pancartas con textos de índole racista o insultantes, los gritos racistas e insultantes y la invasión de terreno de juego. SEXTO: Que, el artículo 74 del acotado señala que  el incumplimiento de las obligaciones enumeradas anteriormente será sancionado con imposición de una multa; y, en el supuesto de infracción grave del artículo 71 literal b) y c) la autoridad competente podrá adoptar otras medidas, entre ellas la cláusura del estadio.     SETIMO: Que, del video difundido por Perú.línea.pe, se aprecia que el Sr. Julio César Uribe entrenador del Club Universidad  San  Martín  se  dirige  a  los  jugadores  deequipo  Inti  Gas  utilizando expresiones soeces y ofensivas, OCTAVO: Asimismo se observa del video la presencia del Jefe de Equipo del Club Universidad San Martin, Sr. Martín Rodguez Bravo, dentro del campo de juego del estadio Ciudad de Cumaná, no obstante estar sancionado con impedimento de ingreso al estadio, conforme al bolen de sanciones correspondiente a la décima primera fecha, lo que constituye un acto de rebeldía contra la medida disciplinaria impuesta por esta Comisión de Justicia; por lo que se RESUELVE: PRIMERO: Sancionar al Club Inti Gas con una multa de dos IUT. SEGUNDO: Sancionar al Club Inti Gas a jugar a puerta cerrada las dos próximas fechas que le corresponda como local.   TERCERO: Suspender al Sr. Julio César Uribe, entrenador del Club Universidad San Martin, con dos fechas.  CUARTO:  Suspender  aSr.  Martin  Rodguez,  Jefe  de  Equipo  deClub Universidad  San  Martin  hasta  la  finalización  decampeonato  descentralizado  2014, sanción que alcanza el impedimento de ingresar al estadio. Regístrese, comuníquese y publíquese.

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